Fondos de cesantía del magisterio
Fondos de cesantía del magisterio
puedo cobrar mi pensión de profesor y seguir trabajando
El Convenio Colectivo Provincial 2016-2020 prevé el pago de la indemnización a todos los profesores, incluidos los suplentes y los de sustitución, que tengan al menos un año de servicio continuo a 31 de marzo de 2018. El NLESD y el CSFP han proporcionado un documento de preguntas frecuentes con formularios e instrucciones de apoyo. Le informamos que, en respuesta a las preocupaciones planteadas por la Asociación, se ha ampliado el plazo para presentar el Formulario de Elección y otra documentación para el pago de indemnización. Los profesores tienen ahora hasta el miércoles 31 de julio para presentar sus formularios de indemnización por despido a su distrito escolar.
Basándonos en otras cuestiones que hemos planteado a los distritos escolares y al gobierno, así como en las preguntas que han planteado los profesores, la Asociación ofrece las siguientes aclaraciones e información adicional, que pueden ser de ayuda para los miembros.
Por servicio continuo se entiende el servicio sin interrupción, a menos que la interrupción esté identificada en el Convenio Colectivo como una excepción. Las siguientes situaciones NO constituyen una interrupción de la continuidad del servicio para los profesores a efectos de indemnización:
jubilación de la enseñanza
Teniendo en cuenta estos factores, debe considerar la mejor manera de aprovechar las prestaciones de jubilación de que dispone. También debe considerar cómo reforzar esas prestaciones de jubilación con ahorros e inversiones adicionales.
Los planes de prestación definida también se conocen como planes de pensiones. Las empresas patrocinan los planes de prestación definida y prometen que las inversiones del plan le proporcionarán una prestación mensual específica en el momento de la jubilación. El empresario asume los riesgos de la inversión.
Los planes de aportaciones definidas, como los planes 403(b) y 457(b), no prometen un pago específico en el momento de la jubilación. En estos planes, el empleado o la empresa (o ambos) pueden contribuir a la cuenta individual del empleado. El empleado asume los riesgos de inversión.
1. Pensiones. Como profesor de un centro público o privado sin ánimo de lucro, puede tener acceso a un plan de pensiones de prestación definida. Consulte a su empresa, distrito escolar o proveedor estatal de pensiones para obtener más información.
3. Planes de inversión. También puede disponer de dos tipos de planes de inversión de aportación definida: Los planes 403(b) y 457(b). Consulte a su empresa o distrito escolar para saber si dispone de uno o de ambos.
edad media de jubilación del profesorado
Artículo 2En esta ley, el término "autoridad competente" se refiere a: el Ministerio de Educación a nivel del gobierno central; el gobierno municipal a nivel del municipio especial; y el gobierno del condado o el gobierno de la ciudad a nivel del condado, respectivamente.
Artículo 3En esta ley, el término "personal" se refiere al director (presidente), a los profesores y al resto del personal empleado a tiempo completo dentro de la plantilla del establecimiento de una escuela privada registrada, y al personal de las fundaciones escolares.El "personal de las fundaciones escolares" al que se refiere el párrafo anterior se limita a los miembros del personal empleado dentro de la plantilla del establecimiento de una escuela privada establecida por una fundación escolar.
Artículo 5Cuando un miembro del personal solicite una jubilación, una indemnización por duelo, una dimisión o una indemnización por despido, dicho miembro del personal o sus supervivientes rellenarán un formulario de solicitud y adjuntarán los justificantes y recibos correspondientes, y los presentarán a la escuela empleadora. La escuela recopilará los documentos de la solicitud y los remitirá al Comité de Gestión del Fondo, que los examinará y decidirá si da su aprobación en un plazo de dos meses a partir del día siguiente a su recepción. En caso necesario, el plazo podrá ampliarse, lo que se notificará al solicitante. Sólo podrá concederse una prórroga, que no podrá exceder de un mes.
pensión del profesorado y pensión; suma global a los 55 años
Artículo 2En la presente ley, la autoridad competente es: el Ministerio de Educación a nivel del gobierno central; el gobierno municipal a nivel del municipio especial; y el gobierno del condado (o de la ciudad a nivel del condado) a nivel del condado (o de la ciudad a nivel del condado) respectivamente.
Artículo 5Los pagos que pueden ser reclamados por un funcionario o sus supervivientes de acuerdo con las disposiciones de esta ley se dividen en pago de jubilación, indemnización por despido, contribuciones a la prima del Fondo de Pensiones y los intereses devengados (abreviado en adelante como "contribuciones al Fondo de Pensiones e intereses") indemnización por duelo, y prestación de supervivencia a tanto alzado, o anualidad de supervivencia (en adelante denominados colectivamente "pagos de jubilación y prestaciones").
Artículo 6Cada autoridad competente elaborará un presupuesto para el pago de los pagos de jubilación y prestaciones estipulados en el artículo anterior que se calculan sobre la base de los años de servicio antes de la aplicación del Nuevo Sistema de Pensiones. Los pagos de jubilación y prestaciones calculados en función de los años de servicio después de la aplicación del nuevo sistema de pensiones se efectuarán con cargo al Fondo de Pensiones.